domingo, 6 de diciembre de 2009

"LA ACCESIBILIDAD NOS BENEFICIA A TODOS/AS"

DIA INTERNACIONAL DE LA DIVERSIDAD FUNCIONAL


MARCHA Y PROTESTA ENFRENTE DEL AYUNTAMIENTO DE FERROL CON MOTIVO DEL 3 DE DICIEMBRE,DIA INTERNACIONAL DE LA DIVERSIDAD FUNCIONAL

MANIFIESTO;Día internacional de las personas con discapacidad


No queremos que haya un día dedicado a nosotros/as pero ya que aún lo tiene que haber queremos aprovecharlo no para festejar sino para denunciar y exigir:
queremos que haya una nueva visión que no nos nombre negativamente y por eso queremos
cambiar el lenguage y si hay que adjetivarnos que se diga personas con diversidad funcional:
no tenemos menos valía sino que nuestro funcionamiento es diferente.La diversidad siempre es enriquecedora.
Queremos luchar contra la invisibilidad y por eso vamos a exigir que se eliminen las barreras y se modifiquen las actitudes que nos hacen invisibles.
Somos parte de la sociedad,somos ciudadanos y ciudadanas de Ferrol y queremos vivir la ciudad en igualdad con toda la población,no queremos quedar reducidos/as a guetos.
Defendemos el derecho a la vida independiente y la responsabilidad de nuestros actos así como el respeto a nuestras decisiones.
En nuestra ciudad pedimos que se pongan los medios para cumplir los medios de:
NORMALIZACION.Que todas las personas podamos hacer una vida normal accediendo a los mismos lugares,ámbitos y servicios que se pongan a disposición de cualquier persona.
ACCESIBILIDAD.Que el contorno,los servicios,etc.sean utilizables por todos y todas en condiciones de seguridad y de la forma mas autónoma posible.
TRANSVERSALIDAD.Que los proyectos y actividades que se hagan desde el ayuntamiento no sean exclusivamente para personas con diversidad funcional sino que sean de carácter general ya que así nos beneficiamos toda la población.
Por último,queremos que se cumplan las directrices de los derechos de las personas con discapacidad recogidas en la convención de las Naciones Unidas que entró en vigor en todo el estado el día 3 de mayo de 2008.

lunes, 23 de noviembre de 2009

EN LAVIDA NADIE JUEGA CON LAS CARTAS MARCADAS


Hay cosas en tu vida que están para ti(el hombre de tu vida,tu família,tu trabajo,tus hijos ect)pero no estás premeditado/a a tener un destino dramático.Simplemente hay cambios en lavida.

Generalmente los cambios vienen acompañados de dolor espiritual,son cambios bruscos que demuestran que tienes que cerrar una etapa y entrar en otra,casi siempre suelen venir acompañados de la mano tajantemente por medio de la ruptura,significa el fin de algo,romper,acabar con (relaciones,amigos,"amistades",abandono,cambio de casas...)

normalmente se pasa un tiempo de transición espiritual,puede durar unos meses en los que se pasa un periodo de soledad o bloqueo espiritual hasta que no ves claro el próposito por el cual has tenido que pasar esa circunstancia.

Generalmente has pasado por esa circunstancia en tu vida porque ya no encajabas en algo de ella y es necesario soltar,desprenderse, dejar ir,hay algo que ya no necesitas para superarte a ti mismo/a.Quizá si siguieras en esa misma etapa y no se produjera ese cambio brusco en tu vida tal vez no podrías avanzar a algo mejor de lo que Dios tiene para ti.Atrévete a no ser negativo/a solo confía.

Generalmente ese cambio brusco suele ir acompañado de un cambio positivo por eso ha tenido lugar.¿Cuántas veces no hemos escuchado a las personas oír si no me hubiera pasado esto o aquello no estaría hoy aquí,o sino me hubiesen echado de mi anterior trabajo nunca hubiera conocido este en el que me pagan mas y estoy mas a gusto y cerca de casa?.Después del periodo de sufrimiento vemos la luz pero siempre nos volvemos a quejar.Un cambio lleva a otro cambio.

Dice un versículo de la biblia que todos/as aquellos/as que confían en Dios todas las cosas les ayudan para bien.

Lo que sucedió,sucedió.En la vida nadie juega con las cartas marcadas.

Los cambios externos simbolizan procesos interiores de superación:dejar ir,soltar,desprenderse de lo que ya no necesitas.(momentos de crecimiento,momentos de rabia,momentos de guerra,momentos demuerte).

Desprenderse duele...pero también alivia.Soltar,desprenderse,dejar ir,puede ser difícil pero también nos ayuda a enfocar nuestra atención en lo que es verdaderamente importante.

Si insistes en permanecer en una etapa,más allá del tiempo necesario,pierdes la alegríay el sentido del resto.La vida va para adelante no para atrás.

Los hechos pasan y hay que dejarlos ir por eso a veces es tan importante destruir recuerdos,regalar presentes,cambiar de casa,papeles por romper,documentos por tirar,libros que comprar o regalar...



CITAS

"Si a la orilla del mar encuentras a alguien con hambre;
no le regales un pez,enséñale a pescar."

"Porque estuve hambriento y me disteis de comer ,sediento y me disteis de beber,era forastero y me hospedasteis,estuve desnudo y me vestisteis,enfermo y me visitasteis,encarcelado y fuisteis a verme.
Señor,¿cuándo te vimos hambriento y te sustentamos,sediento y te dimos de beber?¿y cuándo te vimos forastero y te recogimos,o desnudo y te cubrimos?¿o cuándo te vimos enfermo,o en la cárcel,y vinimos a ti?
de cierto os digo que en cuanto lo hicisteis a uno de estos mis hermanos más pequeños,a mí me lo hicisteis."


"Todo tiene su tiempo,y todo loque se quiere debajo del cielo tiene su hora"(ECLESIASTES 3:1)



"El amor no castiga"


"Apunta hacia la luna,pues aunque te equivoques,irás a parar a las estrellas"


"Recuerda que el éxito es sólo la recompensa de el esfuerzo"


domingo, 22 de noviembre de 2009

CITA

"NO JUZGUEIS,PARA QUE NO SEAIS JUZGADOS"
"EL RESPETO SE DA CON RESPETO"

¿QUE SIGNIFICA EL RESPETO PARA TI?

Hay muchas formas de respeto y muchas maneras de respetarse y digo muchas porque a veces se pasan por alto pequeños detalles que no nos parecen importantes y son los que causan los conflictos mas grandes.
A medida pensamos que respetar significa tolerar a la gente por su condición sexual diferente a la tuya,su religión,raza o sexo(como a la mayoría de personas esto les resulta sencillo,a no ser que seas un ultra o un nazi,nos creemos unos santos y no es así.)hay unos pequeños matices que se pasan por alto y que voy a explicar a continuación y que te van a hacer caer de la burra.También a veces pensamos que respetar es no decir palabrotas o cosas groseras en una conversación acalorada o subida de tono y el no insultar cuando compartes diferente punto de vista con alguien.Normalmente miramos a esa persona como una maleducada y una faltona pero...ahora cambiando la pregunta¿y si esa persona no se está sintiendo respetada por ti?.El respeto se dá con respeto.Realmente todos somos humanos y cualquiera puede tener un pronto.
El respetar a los demás significa muchas cosas.El respeto lo incluye todo.

El respetar a los demás es valorar a esa persona por lo que es y por lo que hace y no por lo que aparenta haciéndola sentir inferior en un grupo o humillarla en público que es lo que mucha gente hace.Para hacer eso no te molestes ni en juzgarla.
Respetar a los demás es no hacerle el vacío a nadie,todos valemos algo.
Respetar a los demás es no condicionar la vida de nadie,esa persona se puede ofender,lo que conseguirás es incomodar y perder el voto de confianza de esa persona.
Respetar es conseguir hablar mejor sobre los demás por ej:las personas mayores no son"viejas"son personas,viejos son los muebles.Debemos educar nuestra lengua para educar a nuestros hijos.Ellos son el futuro¿que les estás enseñando a los que vienen detrás?¿a no respetar a los mayores?¿que una persona mayor vale menos que una joven?posiblemente valga mas por lo que haya hecho en la vida,ahora le toca descansar.Porque por algo la creó Dios,con un propósito,por eso está en el mundo.El proceso de envejecimiento es algo natural por el que todos pasaremos.Por eso trata a los demás como te gustaría que te trataran a ti.Somos lo que hacemos para cambiar lo que somos,si los demás ven tu ej y tu testimonio tocados por la mano de Dios cambiarán.
Si tienes que corregir a alguien hazlo con amor.A veces las cosas no son como parecen.

sábado, 21 de noviembre de 2009

"YO NO ME HAGO LA SIMPATICA;ES QUE SOY SIMPATICA"

CITA

Mira,Jehová tu Dios ya te ha vengado,sube y toma posesión de tu situación;como Jehová el Dios de padres te ha dicho no temas ni desmayes.

CITA

Porque te tomé de los confines de la tierra,y de tierras lejanas te llamé,y te dije:mi sierva/o eres tú;te escogí,y no te deseché.
No temas,porque yo estoy contigo;no desmayes,porque yo soy tu Dios que te esfuerzo;siempre te ayudaré,siempre te sustentaré con la diestra de mi justicia.
He aquí que todos los que se enojan contra ti serán avergonzados y confundidos;serán como nada y perecerán los que contienden contigo.
Buscarás a los que tienen contienda contigo,y no los hallarás;serán como nada,y como cosa que no es,aquellos que te hacen la guerra.
Porque yo Jehová soy tu Dios,quien te sostiene de tu mano derecha,y te dice:no temas,yo te ayudo.(isaias 41:9-13)
LEY 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
Conocida como "LIONDAU", esta ley viene a llenar el vacío existente en España de un marco legal amplio y general, similar al que proporcionan en otros países leyes similares.

La LIONDAU se basa y pone de relieve los conceptos de: No discriminación, acción positiva y accesibilidad universal.

La ley prevé, además, la regulación de los efectos de la lengua de signos, el reforzamiento del diálogo social con las asociaciones representativas de las personas con discapacidad mediante su inclusión en el Real Patronato y la creación del Consejo Nacional de la Discapacidad, y el establecimiento de un calendario de accesibilidad por ley para todos los entornos, productos y servicios nuevos o ya existentes.

Uno de los cambios más relevantes respecto a la legislación anterior, recogido en el artículo 20 de la ley, es la inversión de la carga de la prueba, por la que será el demandado, y no el demandante, quien deberá probar su inocencia ante un posible caso de discriminación por razón de discapacidad.

La Ley establece, la obligación gradual y progresiva de que todos los entornos, productos y servicios deben ser abiertos, accesibles y practicables para todas las personas y dispone plazos y calendarios para realización de las adaptaciones necesarias.

Respecto a los productos y servicios de la Socieddad de la Información la ley establece:

Disposición final séptima. Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social.
1.En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno aprobará, según lo previsto en su artículo 10, unas condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y de cualquier medio de comunicación social, que serán obligatorias en el plazo de cuatro a seis años desde la entrada en vigor de esta ley para todos los productos y servicios nuevos, y en el plazo de ocho a diez años para todos aquellos existentes que sean susceptibles de ajustes razonables.
2.En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno deberá realizar los estudios integrales sobre la accesibilidad a dichos bienes o servicios que se consideren más relevantes desde el punto de vista de la no discriminación y accesibilidad universal.
Y favoreciendo la formación en diseño para todos:

Disposición final décima. Currículo formativo sobre accesibilidad universal y formación de profesionales.
El Gobierno, en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor de esta ley, desarrollará el curriculo formativo en «diseño para todos», en todos los programas educativos, incluidos los universitarios, para la formación de profesionales en los campos del diseño y la construcción del entorno físico, la edificación, las infraestructuras y obras públicas, el transporte, las comunicaciones y telecomunicaciones y los servicios de la sociedad de la información.
Para administrar la gradualidad en la puesta en marcha de la LIONDAU se consideró conveniente la elaboración de instrumentos de planificación, y al tiempo de su redacción se diseñaron dos planes: el "Plan Nacional de Accesibilidad 2004-2012" y el "II Plan de Acción para las personas con discapacidad 2003-2007".

LEY DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

LEY 51/2003, de 2 de diciembre, DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, NO DISCRIMINACIÓN Y ACCESIBILIDAD UNIVERSAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (BOE 03/12/2003)
Esquema:

1. Como nace: Compromiso del gobierno, Subcomisión parlamentaria, IMSERSO y CERMI, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales


2. Qué pretende: La ley trata de modernizar la antigua Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI), a través de una serie de medidas.


3. En qué consiste:


- Define diversos conceptos: por ejemplo, "igualdad de oportunidades"= ausencia de discriminación + acción positiva.


a. Principios que define: vida independiente, normalización, accesibilidad universal, diseño para todos, diálogo civil (participación de las organizaciones representativas de las personas con discapacidad en la elaboración, ejecución y evaluación de políticas en esta materia) y transversalidad


b. Quienes son discapacitados: los que tengan un grado reconocido de minusvalía igual o superior al 33 por 100.


- Fija los ámbitos materiales de aplicación:


a. telecomunicaciones y sociedad de la información

b. espacios públicos urbanizados, infraestructuras y edificación

c. Transportes

d. Bienes y servicios a disposición del público

e. Relaciones con las Administraciones Públicas


- Contempla medidas para garantizar la igualdad de oportunidades: se establece la obligación del Gobierno de introducir nuevas normas en la materia, tipificándose las grandes categorías de estas medidas:

a. medidas contra la discriminación

b. medidas de acción positiva


- Contempla medidas de fomento y defensa:

a. Medidas de fomento (información, sensibilización, fomento de la calidad, del desarrollo tecnológico y de proyectos innovadores, participación de organizaciones representativas)

b. Medidas de defensa (potenciación del arbitraje informal especializado, normas sobre tutela judicial de los intereses de los discapacitados, legitimación por parte de asociaciones en materia de igualdad de oportunidades y criterios especiales en materia de prueba)

- Mandatos de desarrollo y calendario: las disposiciones finales


4. Qué aspectos han quedado fuera: Sanidad, Educación y Empleo. No se tocan las prestaciones sociales LGSS y de la LISMI


5. Las otras modificaciones de la ley:


- Excedencia para cuidado de familiar que no pueda valerse por sí mismo y no realice actividad remunerada, incluyendo la discapacidad


- Se establece la obligación de las Comunidades de propietarios de realizar obras de accesibilidad a favor de personas mayores de 70 años o con discapacidad.

- Se suprime el requisito de disminución de la capacidad de trabajo para acceder a los beneficios de las medidas de fomento del empleo a favor de los minusválidos, así como para que el minusválido pueda ser contratado en prácticas o para la formación con las peculiaridades previstas.
Desarrollo

LEY 51/2003, de 2 de diciembre, DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, NO DISCRIMINACIÓN Y ACCESIBILIDAD UNIVERSAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (BOE 03/12/2003)

Únicamente se incluye un breve comentario puesto que lo esencial está ya en el esquema.

Aunque el compromiso del partido entonces en el gobierno español era hacer una nueva LISMI más moderna, la Ley no prevé la derogación de la LISMI, y ello porque su ámbito material de aplicación es mucho más reducido, como se puede ver en el esquema. Deja fuera aspectos tan importantes como la Sanidad, la Educación o el Empleo (aunque esta ley tiene carácter supletorio en materia de empleo). Se queda en complementar y dar un renovado impulso a la LISMI. Hay que decir que la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (BOE 31 diciembre 2003) introdujo en su Título II Capítulo III unas medidas para la aplicación del principio de igualdad de trato y no discrminación por razón, entre otras, de discapacidad, que vino a complementar la Ley de igualdad de oportunidades en el ámbito laboral.

La Ley de igualdad de oportunidades y no discriminación trata de plasmar los cambios operados en la manera de entender el fenómeno de la “discapacidad” y la aparición de nuevos enfoques y estrategias: hoy es sabido que las desventajas que presenta una persona con discapacidad tienen su origen en sus dificultades personales, pero también y sobre todo en los obstáculos y condiciones limitativas que en la propia sociedad, concebida con arreglo al patrón de la persona media, se oponen a la plena participación de estos ciudadanos.

En la línea de adaptar el entorno van las estrategias de “lucha contra la discriminación” y la de “accesibilidad universal”.

La estrategia de la lucha contra la discriminación se inscribe en una larga marcha para lograr la igualdad de oportunidades. También en el ámbito internacional se está trabajando en documentos en esta línea por parte de la ONU (Normas Uniformes de 1993, no vinculantes), el Consejo de Europa (Carta Social Europea, revisada 1996 art. 15) y la Unión Europea (art. 13 Tratado Comunidad Europea, Carta de Derechos Fundamentales, art. 26, Directiva 2000/78/CE para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación por motivos de religión o convicciones, de discapacidad, de edad o de orientación sexual).

El concepto de accesibilidad va ligado al movimiento a favor del modelo de “vida independiente” que defiende una participación más activa de estas personas en la comunidad sobre unas bases nuevas: como ciudadanos titulares de derechos; sujetos activos que ejercen el derecho a tomar decisiones sobre su propia existencia y no meros pacientes o beneficiarios de decisiones ajenas; como personas que tienen especiales dificultades para satisfacer unas necesidades que son normales, más que personas especiales con necesidades diferentes al resto de sus ciudadanos; y como ciudadanos que para atender esas necesidades demandan apoyos personales, pero también modificaciones en los entornos erradicando aquellos obstáculos que les impiden su plena participación.

La no accesibilidad de los entornos, productos y servicios constituye sin duda, una forma sutil pero muy eficaz de discriminación.

Y estos son los principios de esta Ley que quedan definidos en la misma: vida independiente, normalización, accesibilidad universal, diseño para todos, diálogo civil (participación de las organizaciones representativas de las personas con discapacidad en la elaboración, ejecución y evaluación de políticas en esta materia) y transversalidad de las políticas en materia de discapacidad (actuaciones en políticas de carácter general y no sólo las específicas para discapacitados).

Vida Independiente: la situación en la que la persona con discapacidad ejerce el poder de decisión sobre su propia existencia y participa activamente en la vida de su comunidad, conforme al derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Normalización: el principio en virtud del cual las personas con discapacidad deben poder llevar una vida normal, accediendo a los mismos lugares, ámbitos, bienes y servicios que están a disposición de cualquier otra persona.

Accesibilidad universal: la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible. Presupone la estrategia de “diseño para todos” y se entiende sin perjuicio de los ajustes razonables que deban adoptarse.

Diseño para todos: la actividad por la que se concibe o proyecta, desde el origen, y siempre que ello sea posible, entornos, procesos, bienes, productos, servicios, objetos, instrumentos, dispositivos o herramientas, de tal forma que puedan ser utilizados por todas las personas, en la mayor extensión posible.

Diálogo civil: el principio en virtud del cual las organizaciones representativas de personas con discapacidad y de sus familias participan, en los términos que establecen las leyes y demás disposiciones normativas, en la elaboración, ejecución seguimiento y evaluación de las políticas oficiales que se desarrollan en la esfera de las personas con discapacidad.

Transversalidad de las políticas en materia de discapacidad: el principio en virtud del cual las actuaciones que desarrollan las Administraciones públicas no se limitan únicamente a planes, programas y acciones específicos, pensados exclusivamente para estas personas, sino que comprenden las políticas y líneas de acción de carácter general en cualquiera de los ámbitos de actuación pública, en donde se tendrán en cuenta las necesidades y demandas de las personas con discapacidad.

Quienes son discapacitados: los que tengan un grado reconocido de minusvalía igual o superior al 33 por 100.

Ámbitos materiales de aplicación:

a. telecomunicaciones y sociedad de la información
b. espacios públicos urbanizados, infraestructuras y edificación
c. Transportes
d. Bienes y servicios a disposición del público
e. Relaciones con las Administraciones Públicas
Contempla medidas para garantizar la igualdad de oportunidades: se establece la obligación del Gobierno de introducir nuevas normas en la materia, tipificándose las grandes categorías de estas medidas:

f. medidas contra la discriminación (discriminación directa, indirecta, acoso, exigencia de accesibilidad, ajuste razonable)
g. medidas de acción positiva (especialmente para mujeres y severamente afectados, o los que no pueden representarse a sí mismos, o los que viven en ámbito rural) Apoyo a familias. Puede consistir en apoyos complementarios, normas y prácticas más favorables. Los apoyos complementarios podrán ser ayudas económicas, ayudas técnicas, asistencia personal, servicios especializados y ayudas y servicios auxiliares para la comunicación.
h. Condiciones básicas de accesibilidad, que regulará el gobierno sin perjuicio de las competencias de las CCAA y las corporaciones locales, gradual en el tiempo sobre edificios y entornos, instrumentos, equipos y tecnología, con calendarios y medios y recursos humanos.
Se contemplan asimismo medidas de fomento y defensa:

i. Medidas de fomento (información, sensibilización, fomento de la calidad, del desarrollo tecnológico y de proyectos innovadores, participación de organizaciones representativas, entre otros a través del Consejo Nacional de la Discapacidad)
j. Medidas de defensa (potenciación del arbitraje informal especializado, normas sobre tutela judicial de los intereses de los discapacitados, legitimación por parte de asociaciones en materia de igualdad de oportunidades y criterios especiales en materia de prueba)

- Mandatos de desarrollo y calendario: las disposiciones finales: Se aprobará un Plan Nacional de Accesibilidad 2004-2012, el gobierno tendrá un plazo de dos años para establecer las condiciones de accesibilidad y no discriminación en oficinas públicas, dispositivos y servicios de atención al ciudadano, en un plazo de 3 a 5 años todos los entornos, productos y servicios nuevos serán accesibles y toda disposición, criterio o práctica administrativa discriminatoria será corregida, de 15 a 17 años, todos los entornos, productos y servicios existentes cumplirán las exigencias sobre accesibilidad y no discriminación. Se incluye un calendario para bienes y servicios a disposición del público, para tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información, para medios de transporte (5 a 7 años los nuevos y 15 a 17 años los antiguos), espacios públicos urbanizados y edificaciones, etc.

Esta Ley establece muchas definiciones, tipifica las grandes categorías de medidas y marca metas. Cabe reprocharle su falta de concreción, el que parezca referirse a nubes lejanas a nosotros. Sin embargo son necesarias estas nubes para que la lluvia caiga y la hierba crezca. El hecho de que se escriba en una ley sobre todas estas cuestiones tan importantes para las personas con discapacidad hace que las metas estén cada vez más cerca. En accesibilidad se establecen calendarios para que estas medidas estén en marcha, y aunque se ha criticado la longitud de los plazos y la falta de sanciones en caso de incumplimiento, ya se puede exigir ante un juez.


Es importante destacar algunas cuestiones concretas:

- Legitimación: Las asociaciones más representativas de los diferentes tipos de discapacidad podrán actuar en los procesos judiciales en nombre del demandante que así lo autorice.

- Criterios especiales sobre la prueba de hechos relevantes: En el texto de algún anteproyecto había inversión de la carga de la prueba: Cuando de las alegaciones del demandante se deduzca la existencia de indicios de discriminación por razón de discapacidad (en las materias del ámbito de aplicación de la Ley), corresponderá al demandado probar que tal discriminación no existe.

En el texto de la ley este punto se ha suavizado:

“art.20.1. En aquellos procesos jurisdiccionales en los que de las alegaciones de la parte actora se deduzca la existencia de graves indicios de discriminación directa o indirecta por razón de discapacidad, el Juez o Tribunal, tras la apreciación de los mismos, teniendo presente la disponibilidad y facilidad probatoria que corresponde a cada una de las partes del litigio y el principio procesal de igualdad de partes, podrá exigir al demandado la aportación de una justificación objetiva y razonable, de las medidas adoptadas y de su proporcionalidad.
2. Lo establecido en el apartado anterior no es de aplicación a los procesos penales no a los contencioso-administrativos interpuestos contra resoluciones sancionadoras.”

- La excedencia de un año para cuidar de un familiar con discapacidad, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (art. 46. 3 del Estatuto de los Trabajadores), pedido en el plan del CERMI de protección a las familias del año 2002.

- La obligación de las Comunidades de Propietarios, en cuya vivienda vivan trabajen o presten sus servicios altruistas o voluntarios personas con discapacidad, de realizar obras de accesibilidad que no superen tres mensualidades ordinarias de gastos comunes aunque se oponga toda la comunidad. Todos tienen que pagar. Si el gasto es mayor hace falta un acuerdo adoptado por mayoría de los propietarios, pero si se adopta todos tienen que pagar. Se computa el voto de los ausentes que no se opongan.

- La supresión del requisito de disminución de la capacidad de trabajo para acceder a los beneficios de las medidas de fomento del empleo en el mercado ordinario de trabajo a favor de los minusválidos, así como para que el minusválido pueda ser contratado en prácticas o para la formación con las peculiaridades previstas para el colectivo.
Las Cortes Valencianas aprueban la ley de accesibilidad universal para el transporte
Servimedia (11/11/2009)


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Las Cortes Valencianas han aprobado la Ley de Accesibilidad Universal al Sistema de transporte, que beneficiará a más de dos millones de ciudadanos con problemas de movilidad reducida, así como a personas mayores, embarazadas y viajeros con niños pequeños.

A partir de este momento, los municipios valencianos deberán elaborar un Plan de Adaptación de itinerarios urbanos a las personas con problemas de movilidad, evaluando el nivel de adaptación de todas las aceras y otros elementos destinados a los peatones de la localidad.

De este modo, antes del 31 de diciembre de cada año, cada municipio elaborará un documento que refleje el grado de cumplimiento de los objetivos del Plan, documento que será sometido a información pública y trasladado al órgano de participación para su conocimiento.

Entre las obligaciones que marcará la ley destaca que todos los municipios de más de 20.000 habitantes deberán tener todas las aceras adaptadas en un periodo de cuatro años. Por lo que respecta a los municipios de menos de 20.000 habitantes que no alcancen las 10.000 viviendas, deberán adaptar su red peatonal a las necesidades de las personas con problemas de movilidad en los plazos más breves posibles y en todo caso en un plazo máximo de ocho años.

Otro aspecto de la nueva ley es que engloba a la totalidad de los elementos y servicios que permiten el desplazamiento de los ciudadanos, ya sea mediante modos de transporte mecanizados o no mecanizados, públicos o privados. Asimismo, la ley prioriza a los peatones y ciclistas frente a los vehículos motorizados en el reparto del espacio público.

CONDICIONES Y PLAZOS

Además, establece las condiciones y plazos para que los elementos y servicios actuales se adapten a las prescripciones de la ley, como es el caso de estaciones, paradas, flotas de autobuses, o taxis. Todo ello, con el objetivo de que en un plazo máximo de ocho años todo el sistema de transporte de la Comunidad esté completamente adaptado.

Otra novedad es el caso de la línea roja, que se concibe como una nueva marca vial que indica aquellos sitios (vado, aceras, o paradas de autobús) en donde el estacionamiento de un vehículo privado impide el paso de las personas con movilidad reducida.

La ley también establece legalmente la existencia de plazas reservadas para las personas con movilidad reducida. Por ejemplo, en el transporte público de viajeros, el mínimo de asientos reservados será del 10% del total del vehículo, los tranvías o trenes dispondrá de un espacio mínimo que permita la ubicación de un número de sillas de ruedas igual al 2% del número total de asientos.

miércoles, 18 de noviembre de 2009

20 DE NOVIEMBRE JORNADAS SOBRE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL







La no accesibilidad constituye,sin duda alguna,una forma de discriminación indirecta,pues genera una desventaja importante para las personas con discapacidad en relación con aquellas personas que no son discapacitadas.



Es importante sensibilizar a la sociedad sobre diversas necesidades que se han detectado en el entorno de las personas con discapacidad en materia de accesibilidad y que,aún hoy,permanecen sin respuesta o son susceptibles de mejora,y analizar el hecho de que con la aplicación de los requisitos que deben cumplir los entornos,productos y servicios con arreglo a los principios de accesibilidad universal y diseño para todos,se estarían logrando grandes mejoras en la calidad de vida de las personas con discapacidad y de la sociedad en general.








14/11/09 CENA DE VOLUNTARIADO

























































































































sábado, 7 de noviembre de 2009

sábado, 24 de octubre de 2009

domingo, 4 de octubre de 2009

CITA

"Asi como la mujer procede del hombre el hombre también nace de la mujer teniendo todas las cosas su origen en Dios"

sábado, 26 de septiembre de 2009

BOCCIA
















La Boccia es un deporte originario de la Grecia Clásica, recuperado en los años 70 por los países nórdicos con el fin de adaptarlo a las personas con discapacidades.

Es un deporte similar a la petanca y en él únicamente participan personas en silla de ruedas, con graves afectaciones por parálisis cerebral y otras discapacidades físicas severas.

Es un juego de precisión y de estrategia, con sus propias reglas recogidas en un Reglamento Internacional.

Las únicas categorías lo son en función del grado de discapacidad que padezcan los deportistas. Todos ellos, gravemente afectados y por tanto sentados en sillas de ruedas, lanzan las bolas con sus manos o pies, excepto los de la clase correspondiente a la discapacidad más severa, que juegan con la ayuda de una canaleta o rampa, sobre la que su auxiliar deposita la bola una vez escogida la dirección.



Existen 7 divisiones de juego que son:

INDIVIDUAL BC1: Juegan con la mano (o pie), suelen tener problemas a la hora de coger y lanzar la bola, con dificultades en la coordinación general y la fuerza de lanzamiento. Dichos jugadores pueden ser asistidos por un Auxiliar en tareas como; ajustar o estabilizar la silla de ruedas del/la jugador/a, darle una bola y redondearla. Todas estas tareas se harán siempre previa petición del/la deportista.
INDIVIDUAL BC2: Juegan con la mano, aunque con menos dificultades motrices que los deportistas BC1. Los jugadores no pueden ser asistidos por ningún auxiliar.
INDIVIDUAL BC3: Personas con una fuerte disfunción locomotriz en las cuatro extremidades de origen cerebral o no-cerebral (degenerativas, tetraplejias…), con dificultades para sostener, agarrar o lanzar la bola. Necesitan un/a Auxiliar, que se mantendrá de espaldas al juego y que atenderá única y exclusivamente a las indicaciones del/la jugador/a. Estos deportistas también utilizan material auxiliar para el lanzamiento de la bola del tipo de una canaleta o rampa.
INDIVIDUAL BC4: Jugadores con disfunción locomotriz severa de las cuatro extremidades, combinada con un pobre control dinámico del tronco, de origen no cerebral o cerebral degenerativo. El/la jugador/a deberá demostrar destreza suficiente para manipular y lanzar la bola al terreno de juego, aunque mostrará dificultades a la hora de sostener y lanzar la bola, combinada con poca coordinación a la hora de llevar a cabo dicho movimiento. No podrán ser ayudados por ningún auxiliar.
PAREJAS BC3: Los jugadores deben pertenecer a la división BC3. Cada jugador/a puede ser asistido/a por un/a auxiliar.
PAREJAS BC4: Los jugadores deben pertenecer a la división BC4.
EQUIPOS: Jugadores clasificados para jugar en las divisiones BC1 y BC2. Cada equipo constará de tres deportistas en pista, de los cuales al menos uno de ellos deberá ser de la división BC1.


El Juego



se necesitan seis bolas rojas y seis azules. Cada color identifica a un equipo. También hay una blanca o "diana",son de cuero y están rellenas de arena; tienen unos 8,3 cm de diámetro y pesan unos 300 gramos cada una.
En una partida de este tipo de “petanca”, se puede participar individualmente, en parejas o en equipos de tres (pueden ser mixtos). Para jugar, primero se lanza la bola blanca. A partir de ahí, los jugadores deben intentar lanzar las bolas de su color y dejarlas lo más cerca posible de la blanca.



REGLAMENTO DEL JUEGO




Cada jugador esta autorizado para ser ayudado por un monitor o auxiliar, el cual deberá permanecer en el interior del boxe de lanzamiento, pero se mantendrá de espaldas al terreno de juego sin poder mirar durante el desarrollo de los parciales. Si un monitor o auxiliar se vuelve y mira al campo de juego antes de que el árbitro haya determinado el final de un parcial, se le adjudicará una falta o infracción (penalizado con dos bolas).

PARCIAL: Es una parte de un partido una vez que la bola blanca y todas las demás bolas han sido jugadas por ambos lados

DISPOSITIVOS AUXILIARES: Es el termino utilizado para describir una ayuda
material al juego, como por ejemplo, una rampa o canal.

FALTA O INFRACCION: Consistirán en dos bolas extras concedidas al lado contrario Después de que todas las bolas han sido jugadas.
Un jugador tiene la posibilidad de examinar las bolas de Boccia con anterioridad a un partido, pudiendo ser usadas diferentes bola o bolas si su petición es considerada razonable. En cualquier momento del juego, las bolas de Boccia podrán ser cambiadas, siempre a criterio del árbitro.

EL EQUIPAMIENTO:
-Un juego de bolas de Boccia (6 azules, 6 rojas y 1 bola blanca -bola diana-)

-Aparatos de medición: metro, compás, galgas, etc.

-Marcador, el cual estar ubicado en una posición donde pueda ser claramente visible para todos los jugadores.

-Equipo de medición de tiempo: relojes o cronómetros.

- Recipiente para bolas perdidas, que deberá permitir ver a los jugadores cuantas bolas están en el.


- Indicador de juego con los colores rojo y azul; por ejemplo, una pala de tenis de mesa.


EL TERRENO DE JUEGO

Superficie: plana y lisa, tal como un suelo de gimnasio de azulejo o madera. La superficie no deberá ser encerada.

Dimensiones: 12,5 m. x 6 m.

Señalizaciones: Todas las señalizaciones del campo de juego deberán tener entre 2 y 4 cm. de anchura y ser fácilmente reconocibles. Para el marcaje de las líneas, deberá utilizarse cinta adhesiva. Es recomendable utilizar cinta adhesiva de 4 cm. para las líneas delimitadoras externas del terreno de juego, y cinta adhesiva de 2 cm. para las líneas internas, como por ejemplo, la línea divisoria de boxes.
La línea en forma de "V" determina el área donde no es valida la bola blanca, en caso de que cayese en ella.

La "X" central determina el lugar donde se coloca de nuevo la bola blanca (por ejemplo en caso de jugarse un parcial extra).

Mediciones del terreno de juego: Todas las mediciones de las líneas delimitadoras del campo serán medidas desde el limite interior de la cinta adhesiva correspondiente. Las líneas interiores del terreno de juego, son medidas
desde ambos lados de la cinta adhesiva hasta el siguiente lado de otra cinta.
En la Boccia individual un partido constará de cuatro parciales, excepto cuando exista desempate (referencia punto 6). Cada jugador iniciará dos parciales (lanzando la bola blanca). Así mismo, contará con seis bolas de color rojo o azul.
En la Boccia del Equipo un partido constará de seis parciales, excepto en el caso de desempate (referencia punto 6). Cada jugador iniciará un parcial (lanzando la bola blanca). Cada equipo contará con seis bolas de color rojo y azul, dependiendo de las casillas que ocupen. Las seis bolas serán repartidas entre los miembros de cada equipo (dos bolas a cada uno).
Cada equipo tiene la posibilidad de hacer una sustitución durante un partido. Se utilizará para ello el instante entre parciales, en ningún caso podrá hacerse durante el desarrollo de un parcial. La sustitución no retrasará el desarrollo del partido. Si en opinión del árbitro este retraso es causada deliberadamente, podría indicarse una falta o infracción.
Los jugadores se colocarán en sus casillas correspondientes, entonces el árbitro entregará la bola blanca al jugador al que le corresponda iniciar el juego. El jugador lanzará, empujará o deslizará la bola hacia el terreno de juego.
Ninguna bola, ya sea blanca o de otro color, podrá ser lanzada si el árbitro no ha dado la señal de inicio de juego, o haya indicado el color que debe jugar. Una bola, incluida la bola blanca, se considera "fuera", si toca o atraviesa las líneas delimitadoras del campo. Una bola que toque o atraviese una línea y que, con posterioridad, vuelve a entrar en el campo de juego, se considerará también como "bola fuera". En caso de duda, el árbitro tomara la decisión final sobre este asunto. Si un jugador lanza la bola blanca fuera del campo de juego, ésta pasará a ser lanzada por el siguiente jugador que le corresponda, no contándole a este ultimo como turno de lanzamiento.
Si a algún jugador se le cae accidentalmente la bola, el árbitro puede permitir que dicho jugador vuelva al lanzarla. es únicamente el árbitro quien determinará si la bola se cayó como resultado de una acción involuntaria, o si, por el contrario, fue un intento deliberado de impulsar la bola. No se establece ningún limite para el número de veces que una bola pueda ser recuperada, siendo el árbitro el único que tomará esta decisión.
Si la bola blanca no llegase a atravesar la línea en forma de "V" o si es lanzada fuera del campo, se le dará al lado contrario. Se continuará actuando de esta manera hasta que la bola blanca se sitúe en la zona válida del campo. En el siguiente parcial, la bola blanca es lanzada por el jugador que le correspondería lanzarla en la secuencia normal de juego.
El jugador que lanza la bola blanca, también lanzará la primera bola de juego.
Cualquier bola que es lanzada o empujada fuera del campo, se considerará "bola fuera" y se colocará en el recipiente de bolas perdidas, quedando fuera del campo. Un lado continuará lanzando hasta que:

a) Coloque la primera bola dentro del campo...

b) Haya lanzado todas sus bolas

A continuación, lanzará el lado contrario hasta que:

a) Sitúe una bola más cercana a la bola blanca que la más próxima del lado contrario.

b) Haya lanzado todas sus bolas.

hasta que finalice el parcial.

Si la bola blanca es empujada fuera del campo durante el juego, se le colocara en la "X" central.
Si dos o más bolas están a la misma distancia de la bola blanca, es el lado que lanzó la última bola el que deberá lanzar de nuevo. Ambos lados continuarán lanzando alternativamente hasta que:

a) Varíe la situación de equidistancia a la bola blanca ó...

b) Uno de los lados haya lanzado todas sus bolas. A partir de este momento, se continuará con la secuencia normal de juego.

El parcial terminará cuando todas las bolas hayan sido lanzadas.

El árbitro dará el resultado del parcial y lo anotará en el marcador. Los lados son responsables de garantizar que el registro del resultado se lleve a cabo correctamente.

Después de esto, las bolas se recogerán para el comienzo de un nuevo parcial. El árbitro podrá pedir ayuda para esta labor.

Después de que las bolas hayan sido recogidas, el árbitro entregará la bola blanca al jugador que le corresponda lanzarla.

PUNTUACION

A cada bola situada más cerca de la bola blanca que la más próxima de las bolas contrarias, se le adjudicara un punto.
Si dos o más bolas de diferentes colores están a la misma distancia de la bola blanca y no hubiese ninguna otra mas cercana, cada uno recibirá un punto por bola.
El lado que tenga la puntuación más alta al término de todos los parciales, será declarado como vencedor.
A un jugador se le permitirá dejar su zona de lanzamiento para entrar en el campo de juego antes de que se haya lanzado ninguna bola. Siempre deberá requerir el permiso del árbitro. El requerimiento podrá hacerse únicamente después de que el árbitro haya indicado que color debe jugar.

Se solicitará el permiso del árbitro siempre que se haya que cruzar cualquier línea de campo de juego.

FALTAS O INFRACCIONES

Si se comete una falta se le concederán dos bolas de penalización al lado contrario al finalizar el parcial. Estas bolas podrán marcar puntos extras.
Las bolas que no puntúan o las "bolas fuera" serán las utilizadas como bolas de penalización.
Si no hubiera dos "bolas fuera" se utilizarán como bolas de penalización aquellas que se encuentren mas lejos de la bola blanca.

Todas las bolas de penalización deben ser lanzadas.

Se adjudicarán dos bolas de penalización por cada falta cometida.
Si se comete alguna falta mientras se están lanzando las bolas de penalización, entonces las bolas de penalización son:

a) Retiradas del lado que cometió la falta (si tiene en su poder dos o más bolas de penalización por lanzar)

b) Concedidas al lado opuesto.

Mientras se maniobra una silla de ruedas, al jugador le está permitido sobrepasar los límites de la zona de lanzamiento. Un jugador únicamente podrá maniobrar su silla en su turno de juego. Si el árbitro cree que se está actuando de forma deliberada en este sentido, podrá señalar una falta o penalización.
Si algún jugador entra en el terreno de juego sin el permiso del árbitro.
Si se molesta de forma deliberada a otro jugador de manera que se interfiera su concentración o su acción de lanzamiento. Esta falta se señalará a discreción del árbitro. Esto también puede ser motivo de un aviso formal y de continuar, dar lugar al procedimiento de descalificación.

No habrá comunicación entre el jugador y el auxiliar o entrenador durante el desarrollo de un parcial, esto ocurrirá únicamente en los "tiempos muertos". Se exceptúan los momentos en que un jugador requiere al auxiliar para una acción concreta como, por ejemplo :

a) Modificar la posición de la silla

b) Colocar el material auxiliar

c) Darle una bola al jugador

Esta normativa también es aplicable entre parciales.

El árbitro podrá sancionar con una penalización a cualquier comunicación excesiva o inapropiada.


DESCALIFICACIONES

Faltas que tienen como consecuencia una advertencia o descalificación:

Los jugadores que no acepten una decisión del árbitro recibirán una advertencia, que será anotada por escrito.
Si se da un segunda advertencia, el jugador es descalificado en caso de la Boccia individual y, por lo tanto, perderá el partido. En la Boccia por equipos el juego continuará con sólo dos jugadores (y cuatro bolas). No se permitirán sustituciones. Si el capitán es descalificado, entonces, otro miembro del equipo deberá asumir ese papel. Un equipo o pareja no puede competir con menos de dos jugadores.El jugador descalificado podrá volver a jugar en los partidos siguientes dentro del mismo torneo. En la Boccia individual, por Parejas y por Equipos si un lado es descalificado, se adjudicará el partido al oponente por un tanteo de 6-0, en el caso de que el oponente haya obtenido más de 6 tantos, se recogerá ese tanteo. En cualquier caso el jugador, pareja o equipo descalificado, siempre obtendrá un marcador de 0.

LA FAMILIA RUFO

viernes, 25 de septiembre de 2009

ASOCIACIONES DE MUJERES

AMECO - Asociación Española de Mujeres Profesionales de los Medios de Comunicación
Asociación de Madres Solteras "Isadora Duncan"
AUDEM - ASOCIACIÓN UNIVERSITARIA DE ESTUDIOS DE LAS MUJERES

CCOO-Secretaría de la mujer

ELEUSIS - La ciudad de las mujeres

OBSERVATORIO DE LA PUBLICIDAD - Instituto de la Mujer

UGT-Secretaría de la mujer
UGT - RTVE - Colectivo de mujeres trabajadoras de la UGT en RTVE

ANDALUCIA

INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER

Córdoba: Servicio Provincial de la Mujer. Diptupación de Córdoba
Asociación Aquí Estamos Nosotras
Granada: Instituto de Estudios de la Mujer. Universidad de Granada
Malaga: Servicio Provincial de la Mujer. Diputación de Málaga
CCOO-Cádiz-Enseñanza - Secretaría de la Mujer
(APAMM)Asociación para la prevención y atención de mujeres maltratadas

ARAGÓN

INSTITUTO ARAGONES DE LA MUJER
Asociación de mujeres separadas y divorciadas de Aragón
Seminario interdisciplinar de Estudios de la Mujer-SIEM-Universidad de Zaragoza

ASTURIAS

Belladona - Centro de Salud
Vulcana- Bolsa de trabajo

BALEARES

Institut Balear de la Dona
Guía de Recursos para las mujeres
CANARIAS

INSTITUTO CANARIO DE LA MUJER
Mujeres Libres Tenerifemujereslibres@yahoo.es
CASTILLA-LEÓN

SUENS - Seminario Universitario de Educación no Sexista. U. Valladolid
Seminario de Estudios de la Mujer de la Universidad de Salamanca
Concejalia de la mujer. Ayuntamiento de Palencia

EUSKADI

ANDRA
INSTITUTO DE LA MUJER DEL GOBIERNO VASCO - EMAKUNDE
En favor de la participación de las mujeres en el Alarde:
http://i.am/irundarra y http://www.lanzadera.com/emak
Asamblea de Mujeres de Alava. Correo electrónico: asamblea@euskalnet.net

EXTREMADURA

MUJERES ARTESANAS

GALICIA

AYUNTAMIENTO DE VIGO - Concejalía de la Mujer
AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA - Concejalía de la Mujer concmuller@aytocompostela.es
ANDAINA - Revista galega de pensamento feminista
ALECRIN - Grupo de Estudios sobre la Condición de la Mujer
Asociación Galega de NAIS - Niños secuestrados
Concellería da Muller do Concello de Fene
Feminario - Teorias da Diferencia - Universidad de Vigo
Servicio Galego de Igualdade - Xunta de Galicia

MADRID

A.M.S - Asociación de Mujeres para la Salud
ASEME-Asociación Española de Mujeres Empresarias de Madrid
Asociaciones de mujeres de COSLADA
CONSEJO DE LA MUJER DE LA COMUNIDAD DE MADRID
DIRECCIÓN GENERAL DE LA MUJER COMUNIDAD DE MADRID
ESKALERA KARAKOLA Casa ocupada de mujeres
Instituto Universitario de Estudios de la Mujer - UAM
LIBRERÍA DE MUJERES/Ed. HORAS Y HORAS
Mujeres de Negro de Madrid
Biblioteca de Mujeres

MURCIA

Región de Murcia - Mujer
NAVARRA

INSTITUTO NAVARRO DE LA MUJER

PAÍS VALENCIÁ

Assemblea de dones d'Elx
Casa de la Dona
CEM - Centro de Estudios sobre la mujer - Universidad de Alicante
Dones del Pais Valencià
Centro Internacional de Mujeres del Mediterraneo


PAISOS CATALANS

CIBERDONES
Colectivo de Mujeres Divergentes Casp 38, pral. - 08010 Tel./Fax.: 93.412.71.61 -
Mujeres por la construcción de una Europa diferente, social, democrática y feminista.
INSTITUT CATALÀ DE LA DONA
DONES PER EUROPA
XARXA FEMINISTA
XARXA MAC
Mostra Internacional de Films de Dones - Barcelona 99
Ier. Congrés de Dones a Barcelona 99
WOM@N'S NETWORK
ASOCIACIONES DE MUJERES SEPARADAS Y DIVORCIADAS(NO ESTAS SOLA)
Asociación de Mujeres Separadas y Divorciadas de Asturies
c/ Canga de Arguelles 16-18
33202 XIXON (ASTURIES)
Telf.: 98.509.50.16 Fax: 985 09 50 15
e-mail: asocsepydiv@telecable.org
Asociación de Mujeres Separadas y Divorciadas
c/. Martínez Cubells, 2 - 5º pta.15
46002 VALENCIA
Telf.: 96.352.36.96
e-mail: molima@terra.es
Asociación de Mujeres Separadas y Divorciadas
Avda. Buenos Aires, 58
32004 OURENSE
Telf.: 988.23.87.12
e-mail: separadasourense@yahoo.es

Asociación de Mujeres Separadas y Divorciadas
c/ Dionisio Guardiola, 43 - 5º D
02003 ALBACETE
Telf.: 967.52.33.00
Telf 24 horas: 967 51 16 00
e-mail: amusyd@hotmail.com


Asociación “Consuelo Berges” de Mujeres
Separadas y Divorciadas de Cantabria
Avda. Reina Victoria, 33 entrslo.39005 SANTANDER
Telf.: 942.21.05.21 / 942 31 23 58
e-mail: mujeres@mundivia.es Pag. Web: www.consueloberges.com
Asociación de Mujeres Separadas
Avd.del Doctor Fedriani nº 8, 4º Izq.
41009 SEVILLA
Telf.: 607.54.27.59
e-mail: mujeres_separadas@yahoo.es


Asociación de Mujeres Separadas y Divorciadas de la Comunidad de Madrid
C/. Santa Engracia, 128 bajo B
28003 MADRID
Telf.: 91.441.85.55
e-mail: separadasydivorciadas@ya.com


Asociación Vivir Sin Violencia de Género
Presidenta: Lola Aguilar
C/ Sta. Engracia, 128, Bajo B
28003 MADRID
e-mail: lolavivirsinviolencia@ono.com


Asociación de Mujeres Valdés Siglo XXI
33787 – BARCIA – VALDÉS (Asturias)
e-mail: valdesanas@telefonica.net


Asociación de Mujeres Separadas y Divorciadas de Cataluña
C/ Balmes, 52 PRAL 2ª
08007 BARCELONA
Telf.: 93.487.57.60
Fax: 93487.57.83
e-mail: webseparadas@hotmail.com


Separadas y Divorciadas Asociadas SEYDAS
HUELVA
Telf.: 959.23.00.92
e-mail: seydas004@hotmail.com


Asociación Crecer Sin Violencia, Asociación de Mujeres para la Protección de los Hijos e Hijas de las Mujeres Víctimas de Violencia de Género en el Ámbito Familiar
C/ Quintana, nº 2, Planta 13, Puerta 3
28008 - MADRID
e-mail: crecersinviolencia@yahoo.es

FADEMUR-Federación de asociaciones de mujeres ruraleS

LISTADO DE ASOCIACIONES DE MUJERES-INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER

ALMERIA VICAR BULEVAR CIUDAD DE VICAR, 792 4738 679950003
ASOCIACIÓN MUJERES ISABEL OVIN SEVILLA CARMONA C/ SANTA LUCIA Nº 26-A 41410 954144595
FORO DE MUJERES ANDALUSI CADIZ SANLUCAR DE BARRAMEDA SAN JUAN Nº 5 PORTAL 1º 11540 956383363
ASOCIACIÓN PARA EL PROGRESO MUJER MUNDO RURAL SEVILLA ESTEPA AVDA. DE MANTECADO S/Nº 41560 955914257
ASOC. MUJERES ACOIMNA ALMERIA ALMERIA GENERAL LUQUE, Nº 7 1º Nº 5 4002 669329209
ASOCIACIÓN ANDALUZA DE MATRONAS MUJER Y SALUD GRANADA GRANADA APTDO. CORREOS 805 18080 958286887
ASOCIACIÓN CULTURAL MUJERES ESPERANZA DEL MAR ALMERIA ADRA C/ HERNAN CORTÉS Nº 21 4770 677538871
ASOCIACIÓN DE MUJERES SANTA QUITERIA ALMERIA MARIA C/ JUAN ALIAGA ,S/N 4838 950417187
ASOCIACIÓN DE MUJERES ALDAMA GRANADA PUEBLA DE DON FADRIQUE CARAVACA, 5 -ALMACILES- 18829 958721257
ASOCIACIÓN DE MUJERES AMUNA CORDOBA CORDOBA C/ DIAZ HUERTAS Nº 21 14012 678725597
ASOCIACIÓN DE MUJERES AZUCENA DEL ANDARAX ALMERIA BEIRES ERILLA, 17 BAJO 4600 950510111
ASOCIACIÓN DE MUJERES CLARA CAMPOAMOR RODRIGUEZ CORDOBA FUENTE PALMERA C/ NUEVA Nº 10. LA HERRERIA 14129 957716712
ASOCIACIÓN DE MUJERES DE LA CALA DEL MORAL EL CAMINO MALAGA MALAGA MANUEL ALTOLAGUIRRE 4 29720 661666858
ASOCIACIÓN DE MUJERES EL CHORREADOR ALMERIA TIJOLA CHORREADOR- HIGUERAL 4880 654150759
ASOCIACIÓN DE MUJERES ENRIQUETA LOZANO GRANADA VALOR CARNICERÍA, S/Nº. 18470 958851900
ASOCIACIÓN DE MUJERES HERMANAS DEL SANTO ANGEL CADIZ JEREZ DE LA FRONTERA BDA. EL PORTAL S/N 11596 956143859
ASOCIACIÓN DE MUJERES LA BELLOTA HUELVA JABUGO C/ LIBERTAD 21290 620110975
ASOCIACIÓN DE MUJERES LA PINADA GRANADA COGOLLOS DE GUADIX AIRE, 6 18518 958675610
ASOCIACIÓN DE MUJERES LIBERTADORAS DE GRANADA GRANADA GRANADA ARABIAL, 8-1ºF 18004 958521619
ASOCIACIÓN DE MUJERES MIRASIERRA GRANADA VALLE DEL ZALABI CALLE AGUA Nº 46 -CHARCHES- 18511 661292081
ASOCIACIÓN DE MUJERES OLIMPIA CORDOBA PEÑARROYA-PUEBLONUEVO APARTADO DE CORREOS 73 14200 957562275
ASOCIACIÓN DE MUJERES PROFESIONALES GRANADA GRANADA CALLE MARTINEZ CAMPOS Nº 10 18005 958251372
ASOCIACIÓN DE MUJERES RUBIATAS HUELVA CABEZAS RUBIAS BDA. SAN SEBASTIÁN 21580 959571218
ASOCIACIÓN DE MUJERES SIMPATIA GRANADA GABIAS (LAS) C/ GOLONDRINA Nº 34 18110 626303302
ASOCIACIÓN DE MUJERES VERA CRUZ CORDOBA MONTURQUE PLAZA DE LA CONSTITUCION Nº 3 14930 957535576
ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES TEC. IGUALDAD DE GENERO GRANADA PELIGROS URB. MONTELUZ C/ MIMBRES, 25 18210 958467583
ASOCIACIÓN MANOS ARTESANAS CADIZ JEREZ DE LA FRONTERA C/ CORTES S/Nº LA BARCA DE LA FLORIDA 11570 956390740
ASOCIACIÓN MUJERES HESAMO SEVILLA CORIA DEL RIO C/ NOGAL, Nº 72-B URB. HDAD. DEL STMO. 41100 955950506
COLECTIVO INDEPENDIENTE DE MUJERES GRANADA GRANADA AVDA. DE LA CONSTITUCION Nº 27-4º F 18014 636718183
ASOCIACIÓN MUJERES 7 DE MAYO SEVILLA ARAHAL (EL) C/ ARGENTINA Nº 8 41600 955842054
ASOCIACION VECINAL Y CULTURAL BARRIOS ALTOS DE BERJA ALMERIA BERJA C/ EL SECANO, Nº 8 4760 625088531
ASOC DE MUJERES TOPAREÑAS ALMERIA VELEZ-BLANCO CARRERA DE BAZA, 6 4839 950417904
ASOCIACIÓN AMAS DE CASA VIRGEN DEL CARMEN ALMERIA EJIDO (EL) C/ DALIA, 22 APDO CORREOS 198 4700 950572483
ASOCIACIÓN CULTURAL DE MUJERES VICTORIA DIEZ SEVILLA CORIA DEL RIO NTRA. SRA. DE LA ESTRELLA Nº 16 41100 954771016
ASOCIACIÓN DE MUJ. UNIDAS DE SAN ISIDRO AMUSI ALMERIA SAN ISIDRO C/ CRISTOBAL COLON, 2 4117 618278825
ASOCIACIÓN DE MUJERES ALBORADA DE LA SIERRA MALAGA BENAOJAN PLAZA SAN MARCOS, Nº 1 29370 952167302
ASOCIACIÓN DE MUJERES AMUAXA MALAGA MALAGA C/ ACACIA S/N, URBANIZACIÓN COTOMAR 29730 952405094
ASOCIACIÓN DE MUJERES AZAHAR HUELVA CAMPOFRIO CRISTOBAL COLON, S/Nº 21668 959589113
ASOCIACIÓN DE MUJERES CHIKEN KALI CADIZ ALGECIRAS C/ FEDERICO GARCÍA LORCA BLOQUE 22 (LOCAL) 11207 629989995
ASOCIACIÓN DE MUJERES DE EXFILIANA VIRGEN DE LA CABEZA GRANADA VALLE DEL ZALABI PZA. DE LOS MÁRTIRES, S/Nº. -EXFILIANA- 18511 958698100
ASOCIACIÓN DE MUJERES EL ALFEIA GRANADA LOJA APDO. DE CORREOS Nº 46 18300 958320262
ASOCIACIÓN DE MUJERES ENCAJERAS CIUDAD DE UBEDA JAEN UBEDA PLAZA VAZQUEZ DE MOLINA S/Nº 23400 648830026
ASOCIACIÓN DE MUJERES GRUPO MOTOR DE LA CHANA GRANADA GRANADA CTRA. DE MALAGA, 75. URB. LAS PERLAS (CENTRO CÍVICO CHANA) 18015 646013338
ASOCIACIÓN DE MUJERES LA ALEGRÍA DE LA SIERRA DE LAS MORICHAS MALAGA BENALAURIA PEDANIA 7 PILAS, BENALAURIA 29491 680468582
ASOCIACIÓN DE MUJERES LA MURALLA CALABRESA CORDOBA SANTA EUFEMIA C/ PILAR, 18-1º 14491 957158165
ASOCIACION DE MUJERES LAS TORRECILLAS GRANADA GÜEVÉJAR CALLE ARTISTAS Nº 13 18212 626817245
ASOCIACION DE MUJERES MEJORANA DE LA SIERRA GRANADA CAPILEIRA PLAZA CALVARIO Nº 6 18413 696972059
ASOCIACION DE MUJERES NUEVO RENACIMIENTO JAEN BEDMAR Y GARCIEZ C/ SAN JOSE, 2 23537 953760158
ASOCIACIÓN DE MUJERES POR LA SALUD INTEGRAL -GAIA MALAGA MALAGA C/ CAMARA S/Nº 29003 11111111111
ASOCIACIÓN DE MUJERES RENACER MALAGA MONTEJAQUE C/ RONDA, Nº 2 29360 952168146

(APRAMP)Asociación para la reinserción de mujeres prostituidas

TLF. DE INFORMACION A LA MUJER 900200999
Asociaciones de mujeres proponen boicotear a los periódicos con anuncios de prostitución
La Plataforma Estatal de Organizaciones de Mujeres por la Abolición de la Prostitución pidieron hoy el boicot a la compra de periódicos con anuncios de prostitución, que las instituciones públicas no se publiciten en los diarios con estos contenidos y que las empresas periodísticas dejen de lucrarse con este tipo de páginas de contactos.

Estas iniciativas forman parte de una campaña de esta Plataforma, integrada por más de 70 entidades de mujeres y sociales y presentada con motivo del Día Internacional contra la Explotación Sexual y el Tráfico de Mujeres, Niños y Niñas, que se celebrará mañana. Esta agrupación adelantó que presentará acciones legales contra este tipo de contenidos, sin precisar si será contra los grupos mediáticos que incluyen estos anuncios en sus diarios.

En una rueda de prensa celebrada en Madrid, la presidenta de la Plataforma, Charo Carracedo, indicó que apeló a "la responsabilidad"
de las empresas periodísticas, y enumeró a las que editan "El País", "El Mundo, "Abc", "La Razón, "La Vanguardia" y "El Periódico de Catalunya", para que "renuncien al pastel económico que reciben de la inserción de los anuncios de prostitución".

Carracedo, que alabó a "Público" y "20 minutos" por no incluir estos anuncios, subrayó que la Plataforma promoverá una campaña internacional dirigida a los medios de comunicacion europeos para denuncia "el negocio" de la prensa española con estos contenidos, que "tratan de una forma sibilina la explotación sexual de las mujeres".

Además, recalcó que estos anuncios "no solamente son una forma de negocio, sino que habilita espacios para fomentar el proxenetismo", que está penado como delito en el Código Penal.

Carracedo denunció que los periódicos que publican estos contenidos "invisibilizan la responsabilidad de los proxenetas al definirlos como empresarios del sexo" y "neutralizan la responsabilidad de los hombres con el término de cliente como si fuera una actividad más de consumo".

Por otro lado, Sara Vicente, portavoz de la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres, una de las entidades que se han adherido a la campaña, señaló que las organizaciones de la Plataforma están "hartas" de los "anuncios de explotación sexual a las mujeres" en algunos diarios.


EL PRECIO DE LA PROSTITUCION INCLUYE:HUMILLACION,VEJACION,VIOLENCIA...

NOTICIA APRAMP

23 de septiembre, día internacional contra la explotación sexual y la trata de personas
Con motivo del día internacional contra la explotación sexual y la trata de personas, 23 de septiembre, la Asociación para la Prevención. Reinserción y Atención de la Mujer Prostituida, (APRAMP) manifiesta que

La trata de seres humanos con fin de explotación es una gravísima violación de los derechos humanos.
La trata con fines de explotación sexual afecta al derecho a la vida, a la integridad física y psíquica, a la seguridad y a la libertad, a la dignidad de la persona. Vulnera también otra serie de derechos humanos, como el derecho a no ser vendida en matrimonio, ni sometida a esclavitud, o tortura, tratos inhumanos, crueles o degradantes; el derecho a una vida familiar y a la intimidad, el derecho a la salud, a una vivienda en condiciones de seguridad y a no ser discriminada por el hecho de ser mujer.

Con arreglo al derecho internacional, los Estados tienen la obligación de prevenir la trata de personas, investigar y sancionar a quienes la cometen y proteger y ayudar a la recuperación de las víctimas. Esta forma de la esclavitud
Según la Organización Internacional del Trabajo, la trata afecta cada año a unas 2.500.000 personas, especialmente mujeres y niñas. La trata está considerada como un negocio trasnacional que genera unos 7.000 millones de dólares anuales, situándose en el tercer lugar entre los negocios ilícitos más lucrativos, después del tráfico de drogas y de armas.
Este día fue instaurado por la Conferencia Mundial de la Coalición Contra el Tráfico de Personas en coordinación con la Conferencia de Mujeres que tuvo lugar en Dhaka, Bangladesh, en enero de 1999, para celebrar una fecha argentina: la del 23 de setiembre de 1913, día en el que fuera promulgada la ley 9.143; la primera norma legal en el mundo contra la prostitución infantil.